REGIMEN DE VALORACION DE TITULOS Y ANTECEDENTES PARA LA DOCENCIA PROVINCIAL

 

REGIMEN DE VALORACION DE TITULOS Y ANTECEDENTES PARA LA DOCENCIA PROVINCIAL –válido para todos los niveles del Sistema Educativo.

 

Se instituye el siguiente régimen de valoración de Títulos y Antecedentes, a los efectos de los distintos concursos fijados por el Estatuto del Docente para el “ingreso a la Docencia”,”ascensos de Jerarquía y Categoría”,” traslados” y “clasificación de interinatos y suplencias para horas de cátedra y cargos escalafonados y no-escalafonados de todos los niveles y modalidades del sistema educativo provincial.

 

A.  Por Título:

 

A.1. Título para el cargo u horas cátedra del nivel/modalidad que  

        se concursa.

 

A.1.A. Título Docente ——————————————9 puntos.

A.1.B. Título Habilitante—————————————-6 puntos.

A.1.C. Título Supletorio—————————————–3 puntos.

 

A.2.  Postítulos de la especialidad del Título o temas  generales de

         Educación que sean transversales al sistema educativo.

 

A.2.1-Postítulos con Resolución del Ministerio de Educ. de la Nac.

                           (según procedimientos avalados por el INFD).

A.2.1.A. Actualización Académica (200 horas reloj)———-1,00  punto.

A.2.1.B. Especialización Superior (400 horas reloj)———-1,50 puntos.

A.2.1.C. Diplomatura (600 horas reloj)———————–2,00 puntos.

 

A.2.2-Postítulos -con un mínimo de 200 horas reloj- avalados por

                            las Universidades.

A.2.2.A. De 200 horas reloj o más—————————–0,75 puntos.

A.2.2.B. De 400 horas reloj o más—————————–1,00 punto.

A.2.2.C. De 600 horas reloj o más—————————–1,25 puntos.

 

A.3. Títulos (Universitarios): de la especialidad del Título Docente,

                      o sobre temas  generales de Educación que sean

                         transversales al sistema educativo.

A.3.1- De Grado

            Licenciatura ——————————————-  3,00 puntos.

                                                                                   0   3,50

A.3.2- De Postgrado

A.3.2.A. Especialización —————————————-4,00 puntos.

A.3.2.B. Magíster ———————————————–5,00 puntos

A.3.2.C. Doctorado ———————————————6.00 puntos.

 

A.4. Otros Títulos

 

A.4.1. Certificados de Estudios Completos de Carreras de Formación Docente de Nivel Superior con planes de estudio de 4 años como mínimo.——————————————————————— 4,00 puntos.

A.4.2. Certificados de Estudios Universitarios Completos de 4 años o más———————————————————————-3,50 puntos.

A.4.3. Certificados de Estudios Completos de Carreras de Formación Docente de Nivel Superior con planes de estudio de 2 a 3 años de duración

———————————————————————2,00 puntos.

A.4.4. Tecnicatura de Nivel Superior ———————– —-2,00 puntos.

 

 

B.  Mejores Promedios –referido a Título Docente.

 

    El Promedio General de Clasificación del Título Docente se valorará conforme a la siguiente tabla:

   -9 a 10 ———————————————————-0,50 puntos

   -8 a 8,99 ——————————————————–0,40 puntos

   -7 a 7,99 ——————————————————–0,30 puntos.

 

C.  Concepto Profesional Anual

 

    Como en este punto no se alcanzó consenso, se ponen a consideración las dos posturas planteadas:

 

 1-) No incluir este ítem en el Régimen de Valoración de Títulos y Antecedentes porque no está extendido a todos los niveles, porque “la hoja de concepto” es totalmente obsoleta, librada a la subjetividad del que la elabora.

 

2-) Incluirla para todos los niveles y con nuevo instrumento de evaluación.

  De adherir a esta segunda propuesta se deberá adjuntar “modelo”.

 

 

D.  Por Antigüedad Docente

 

D.1- Por desempeño en cargos u horas cátedra del primer grado

        del Escalafón Docente, en cualquier nivel del sistema educa-

        tivo. No se sumarán servicios prestados en forma simultánea.

D.1.A. Por fracción no inferior a 120 días (4 meses) y hasta 180 días (6

                                             a   90 días

        meses) de servicios prestados, continuos o discontinuos-0,30 puntos  D.1.B. Por cada año de servicios prestados o fracción mayor a 6 meses,

           continuos o discontinuos———————————0,75 puntos.

 

D.2- Por desempeño en cargos Directivos y/o de Conducción, se le

        asignará un plus:              

        

D.2.1. Desempeño en Cargos Directivos:

 

D.2.1.A. Por cada año de servicios prestados o fracción mayor a 4 meses,

           continuos o discontinuos, en cargos de Vice-director/ Vice-Rector

           de Escuelas de cualquiera de los Niveles del Sistema Educ., Sub-

           Regente de los Departamentos de Aplicación de las Escuelas Nor-

           males, Regente de Profesorado y Vice-Director de I.F.D———–

           ———————————————————–0,15 puntos.

D.2.1.B. Por cada año de servicios prestados o fracción mayor a 4 meses,

           continuos o discontinuos, en cargos de Director/ Rector de Escue-

           las de cualquiera de los Niveles del Sistema Educ., Regente de los

           Departamentos de Aplicación de las Escuelas Normales y Director

           De I.F.D.————————————————-0,25 puntos.

D.2.1.C. Por cada año de servicios prestados o fracción mayor a 4 meses,

           continuos o discontinuos, en cargos de Rector de Escuelas Norma-

           les, Supervisores y Analistas de cualquiera de los Niveles del Siste

           ma educativo.——————————————–0,40 puntos.

D.2.1.D. Por cada año de servicios prestados o fracción mayor a 4 meses,

           continuos o discontinuos, en cargos de Supervisor General o Analis

           ta Sectorial———————————————– 0,50 puntos.

 

D.2.2. Desempeño en cargos de conducción: Directores de Carrera 

           y/o Docentes integrantes de Concejos Consultivos de IFD o  

           de Profesorados de Escuelas Normales, Integrantes de Con-

           cejos Consultivos de Nivel Medio, Secretarios y Prosecreta-

           rios de Escuelas de cualquiera de los Niveles del Sistema, Co

           ordinadores de Gabinete Psicopedagógico.

      

          Por cada año de servicios prestados o fracción mayor a 4 meses,

           continuos o discontinuos, la Junta valorará———— 0,10 puntos.

 

 

D.3- Por desempeño en Escuelas de Jornada Completa, en cual-

       quier grado del Escalafón Docente, se le asignará un plus.

 

D.3.A. Con anexo Albergue, de ——————————0,15 puntos

D.3.B. Sin anexo Albergue, de ——————————-0,10 puntos

 

D.4- Desempeño en Escuelas categorizadas según Zona o Grupo,

        por cada año o fracción no inferior a 120 días, continuos o

        discontinuos, se le asignará un plus de:

D.4.A. en establecimientos de Grupo “D”——————–0,50 puntos

D.4.B. en establecimientos de Grupo “C”——————–0,40 puntos

D.4.C. en establecimientos de Grupo “B”——————–0,20 puntos

D.4.D. en establecimientos de Grupo “A”——————–0,10 puntos.

 

Nota: En caso de acreditar desempeño simultáneo en escuelas de

         distinta zona o grupo, se acreditará el plus sólo para una de

         ellas y se tomará el que beneficie más al docente.

 

 

D.5- Por desempeño en el Nivel para el que concursa, por cada año                   

        o fracción no inferior a 120 días, continuos o discontinuos,                         

       se le asignará un plus de—————————–0,15 puntos.

 

 

 

OTROS ANTECEDENTES:

 

E.  Publicaciones y Producción Artística.

 

E.1. Libros referidos a la especialidad del Título Docente o temas   

       generales de Educación.

       Ellos deben contar  con número de registro de la Propiedad In-

       lectual o aprobación de Organismos oficiales Nacionales o Int-

       ternacionales, Ministerio de Educación de la Provincia y/o Uni-

       versidades estatales o privadas reconocidas.

       (Se presentará copia de tapa, contratapa, página de crédito o página

       de derecho, índice).

E.1.A. De autor único——————————————-2,00 puntos.

E.1.B. Coautor o grupal—————————————–1,00 punto.

 

E.2. Artículos, referidos a temas relacionados con la especialidad  

       Título Docente o Temas Generales de Educación.

        Deben estar publicados en revistas especializadas o en anto-

        logías y compilaciones.

        (Se presentará tapa y contratapa de la publicación, índice y fotocopia

         del artículo que se quiere acreditar)———————0,30 puntos.

                                                      Tope: 1,20 puntos cada 5 años.

E.3. Producción Artística:

 

E.3.A. Exposiciones de obras: individual o colectiva, c/ catálogo y auspi

          cio oficial o declaración de interés ————– ——-0,50 puntos.

 

E.3.B. Composición de obra registrada y/o arreglos musicales c/ pro-

          grama.—————————————————-0,20 puntos

                                                      Tope: 1 punto.

E.3.C. Producciones multimediales con fines didácticos, produccio-

          nes coreogáficas y montajes escénicos de espectáculos artís-

          ticos c/auspicio oficial y programa.———————0,50 puntos.

                                                      Tope: 1 punto.

 

 

F.  Premios y/o distinciones otorgados por la autoridad cien-  

      Tífica, literaria, artística o académica y que estén relacionados   

      o referidos a la especialidad del Título Docente o a Temas Gene

      rales de Educación y/o de interés sociocultural.

      Entiéndase por autoridad científica, artística, etc. a los Profesorados 

      de Nivel Superior, Universidades, Organismos Gubernamentales Nacio

      nales y/o Provinciales, Fundaciones de público reconocimiento y jerar-

      quía.

F.1. Premios y/o distinciones individuales y/colectivas.

 

F.1.A. A nivel Provincial y/o Regional————————–0,25 puntos.

F.1.B. A nivel Nacional —————————————–0,50 puntos.

F.1.C. A nivel Internacional ————————————1,00 punto.

 

F.2. Premios y/o distinciones personales.

       

        Summa Cum Laude, Medalla de Oro o Mejor Egresado con Certifica-

ción de la Institución de Nivel Superior o Universitario.——-0,30 puntos.

 

 

G.  Becas con convocatoria pública, referida a la especia-

     lidad o a cuestiones y/o problemáticas de educación 

     que atraviesen el sistema educativo.

 

G.1. Becas ganadas por concurso de antecedentes.

G.1.A. Duración no inferior a 6 (seis) meses —————–0,20 puntos

G.1.B. Duración de más de 6 meses y hasta 1 ( uno) año—0,30 puntos

G.1.C. Duración mayor a 1 año ——————————- 0,50 puntos.

 

G.2. Becas ganadas por concurso de oposición.

       La Junta le otorgará un plus de 0,20 puntos en cada caso, según la escala definida para G.1. y con un tope de 0,40 puntos para dicho plus.

 

 

H.  Concursos ganados para titularización en cualquiera

     de los Niveles del Sistema Educativo.

 

H. A. Por Títulos y Antecedentes —————————–0,25 puntos.

H. B. Por Títulos, Antecedentes y Oposición —————–0,50 puntos.

 

 

I.  Miembro de Jurado de Concurso de Antecedentes y  

     Oposición Docente, de Jurado y/o Director de Tesis o

     Tesinas de Nivel Superior o Universitario referido a la

     Especialidad del Título Docente.

     La Junta acreditará en cada caso y con certificaciones emitidas por

       autoridad competente————————————0,50 puntos.

                                                        Tope: 2 puntos

 

J.  Desempeño como vocal del Consejo Gral. de Educ., de

    Juntas de Calif. y Clasificación, de Disciplina y Miem-

    bros Titulares de Asociaciones Profesionales Docentes

    y otras directamente vinculadas al servicio educativo.

 

J.1- Vocal del Consejo Gral. de Educ., de Juntas de Calif. y Clasificación,   o de Disciplina  de cualquiera de los Niveles del Sistema Educativo ( según Art.76- inciso G.3 del Estatuto del Docente) por año completo o período no inferior a 6 meses——————————————– 1,00 punto.

                                                                  Tope:        puntos

J.2- Miembros titulares de Asociaciones Profesionales Docentes y otras vinculadas al servicio educativo propiamente dicho (tales como: de Psicó-logos, Psicopedagogos, de Trabajadores Sociales, otros). Por mandato cumplido (según Art.76- inciso H.3 del Estatuto del Docente ———————————————————————————- 1,00 punto.

                                                                  Tope: 3,00 puntos

    

       Se propone incorporar el siguiente ítem, no contemplado en el

     Estatuto del Docente. Dos posturas: 1) Incorporarlo  2) No incor-

     Porarlo.

J.3- Directores de los distintos Niveles del Sistema Educativo- 1,00 punto

 

 

K.  Instancias de Capacitación y/o actualización docente.

    

      Se valorará los cursos que cuenten con “Aprobación Oficial” y

 “Resolución del Ministerio de Educación de la Nación y/o Jurisdic-

ciones provinciales”. El certificado correspondiente deberá especifi

car número de horas reloj, fecha y horario, carácter teórico-prácti-

co y aprobación.

     En todos los casos, los cursos deben encuadrarse en la normativa vigente para Perfeccionamiento Docente. Se valorarán los cursos referidos a:”especialidad del título o a temas generales de Educación que atraviesen el Sistema Educativo”. De no considerarse en la certificación respectiva el tipo de horas, se considerarán las mismas como horas académicas o áulicas.

     Sólo se valorarán certificados debidamente autenticados por la Junta de Calif. y Clasificaciones correspondiente, o entidad que emitió el certifica

do, o Supervisores y Analistas de las Direcciones de Nivel, Ministerio de Educ. Consejo Gral. de Educ. y Directivos de los Niveles para los cuales se inscribe.

 

K.1. Cursos de perfeccionamiento y/o actualización docente: presenciales o a distancia. (Modalidades diversas: talleres, seminarios, ateneos, etc.).

 

K.1.A. De 25 a 50 horas académicas—————————-0,15 puntos.

K.1.B. De 51 a 100 horas académicas—————————0,30 puntos.

K.1.C. De 101 a 150 horas académicas————————-0,45 puntos.

K.1.D. De 151 a 200 o más horas académicas——————0,60 puntos.

                                       Tope:2 puntos, acumulativos cada 5 años.

 

K.2. Por desempeño como Capacitador o Profesor de Cursos de Per

       feccionamiento.

       A la valoración asignada al curso según ítem K.1. se le incrementará,

       en cada caso, un plus de ———————————–0,25 puntos.

Nota: a) El interesado deberá presentar documentación que acredite su condición de Capacitador o Profesor del curso, con la Resolución respectiva y aclaración que su desempeño no está in-

 cluido en la función que cumple y que es ad honoren.

           b) Para los cursos desarrollados o a desarrollar a partir de la implementación de la nueva “Ley Nacional de Educación Nº26206” no se le exigirá cumplir con el requisito de ser ad honoren.

 

K.3. Congresos, Seminarios, Talleres, Encuentros, Ateneos.

 

K.3.1. Miembros Disertantes o Expositores.

 

K.3.1.A. A nivel Provincial—————————————-0,20 puntos.

K.3.1.B. A nivel Regional—————————————–0,30 puntos.

K.3.1.C. A nivel Nacional—————————————–0,40 puntos.

K.3.1.D. A nivel Internacional———————————– 0,50 puntos.

 

K.3.2. Miembros Participantes con Aprobación de Trabajo produci-

           do en el evento, que deberá constar en el certificado respectivo.

 

K.3.2.A. A nivel Provincial—————————————-0,10 puntos.

K.3.2.B. A nivel Regional—————————————–0,20 puntos.

K.3.2.C. A nivel Nacional—————————————–0,30 puntos.

K.3.2.D. A nivel Internacional———————————– 0,40 puntos.

 

K.3.3. Miembros Asistentes.

 

K.3.3.A. A nivel Provincial o Regional—————————0,10 puntos.

K.3.3.B. A nivel Nacional—————————————–0,20 puntos.

K.3.3.C. A nivel Internacional————————————0,30 puntos.

 

Todas estas instancias tendrán un Tope de 2 puntos, acumulativos cada 5 años.

 

Nota: No se valorará el desempeño del Profesor a cargo del dictado del Curso o participante en Jornada, Seminario, Taller, Ateneo, cuando:

*      El Docente goce de “licencia gremial” o se desempeñe como Vocal del Consejo Gral. de Educ., de Juntas de Calif. y Clasif, deJunta de  Disciplina o reviste como Director de Nivel, Supervisor o Analista de cualquiera de los Niveles y Modalidades del Sistema Educativo..

*      No figure su carácter de ad honoren.

*      Forme parte del plan de perfeccionamiento de la Institución Educativa.

*      Se trate de una actividad inherente a la función que el Docente desempeña.

 

 

L.  Otras instancias de capacitación y antecedentes.

 

L.1. Certificaciones de participación en eventos científicos, socio-  

        culturales, artísticos, deportivos y en el marco de represen-

        tación de la Institución educativa.

L.1.A. De carácter Provincial———————————     puntos.

L.1.B. De carácter Regional ———————————-     puntos.

L.1.C. De carácter Nacional ———————————-     puntos.

L.1.D. De carácter Internacional—————————–      puntos.

 

L.2. Certificaciones de cursos de perfeccionamiento, presenciales o 

       a distancia, sin Resolución del Ministerio de Educ. de la Nación

       o de las Jurisdicciones Provinciales.

L.2.A. De 25 a 50 horas académicas—————————-0,10 puntos.

L.2.B. De 51 a 100 horas académicas—————————0,20 puntos.

L.2.C. De 101 a 150 horas académicas————————- 0,30 puntos.

L.2.D. De 151 a 200 o más horas académicas——————0,40 puntos.

                          Tope: 1,20 puntos, acumulativos cada 5 años.

 

L.3. Certificaciones de cursos de Post-grado, emitidos por las Uni-

       versidades, de gestión pública o privada.————        puntos.

                           Tope: 2 puntos, acumulativos cada 5 años.

 

L.4. Certificaciones de capacitaciones en servicio, previstas desde

        los Ministerios de Educación de Nación y Provincias, para los 

        distintos cargos del sistema educativo.

 

L.4.A. De 25 a 50 horas académicas—————————-0,15 puntos.

L.4.B. De 51 a 100 horas académicas—————————0,25 puntos.

L.4.C. De 101 a 150 horas académicas————————- 0,35 puntos.

L.4.D. De 151 a 200 o más horas académicas——————0,50 puntos.

 

L.5. Certificaciones de desempeño “no rentado” en Jefaturas de 

       Departamento de Materias Afines y Tutorías.

      Por mandato cumplido, no inferior a 2 años —————        puntos.

 

L.6. Certificados de Estudios de Lenguas Nativas.

 

L.6.A. de Estudios completos de lengua regional: Quichua—-0,80 puntos.

L.6.B. de Estudios completos de otras lenguas regionales—–0,40 puntos.

 

L.7. Certificados de Estudios de Idiomas Extranjeros.

 

L.7.1. de Estudios Completos de Idioma Extranjero de Universidades esta-

          tales o privadas reconocidas—————————–0,80 puntos.

L.7.2. de Estudios Completos de Idioma Extranjero de Institutos privados   

          Reconocidos por el Consejo Gral. de Educación——– 0,50 puntos

L.7.3. de Exámenes Internacionales de Idioma Extranjero, a partir del Ni-

          vel Intermedio (versión en castellano por Traductor Público Nacio-

          nal)  ——————————————————-0,40 puntos.

 

L.8. Para Profesores de Educación Física:

       Títulos de entrenador, Director técnico o similar, con certificado analí-

       tico de estudios de 1 año o más —————————0,10 puntos

                                                                             Tope: 0,20 puntos.

 

L.9. Certificación de Participación en Proyectos de Investigación 

       Educativa, de carácter institucional:

a)   de Docentes de los Niveles Inicial, Primario y Secundario en vincu_

lación con Instituciones de Nivel Superior.

       b) de Docentes de los IFD o Profesorados de Escuelas Normales Sup. con Aprobación de Organismos Oficiales Provinciales, Nacionales o Internacionales.

       c) de Docentes integrantes de redes de investigación con presenta-

ción en ámbitos públicos de discusión ( encuentros, foros, ateneos) provin

ciales, regionales, nacionales e internacionales.

   La Junta asignará para cualquiera de los casos indicados en este ítem———————————————————————–0, 40 puntos.

 

                                                         

 

 

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